El gobierno federal impone un impuesto sobre donaciones. Sin embargo, dado que a la ley no le preocupan los asuntos menores,[1] el Congreso ha permitido que los donantes den un “pequeño” monto a cada beneficiario de su elección antes de enfrentar el impuesto federal sobre donaciones. Dicho monto se conoce como monto de exclusión anual, que para el 2024 asciende a $18,000 por beneficiario.[2]
Tal como lo ha declarado un tribunal:
Al proporcionar una exención o exclusión de $5,000 [ahora $18,000] con respecto a cada donación, el Congreso tenía [la intención, al aprobar el artículo 504(b) de la Ley de Ingresos de 1932 (predecesora del Título 26, artículo 2503 del USCS)], de obviar la necesidad de llevar el control y reportar numerosas donaciones pequeñas, y por otra [parte] de fijar el monto lo suficientemente grande como para cubrir, en la mayoría de los casos, los regalos de boda y de Navidad y los regalos ocasionales de montos relativamente pequeños.[3]
Este artículo ofrece una visión general de las donaciones con exclusión anual y expone algunas otras consideraciones que debes discutir con tus asesores fiscales y legales.
No todas las donaciones califican para la exclusión anual. Una donación deberá ser de “interés presente en los bienes” para calificar para esta exclusión del impuesto sobre donaciones. Estas son donaciones a las cuales el beneficiario puede acceder y utilizar de inmediato. Por ejemplo, si le das un billete de $100 a tu nieto (a menos que sea interceptado por uno de los padres), tu nieto podría correr a la tienda de dulces local y gastar el dinero de inmediato. Dicha donación calificaría para la exclusión anual y en su momento haría muy feliz al dentista de la familia. Por otro lado, su nieto no podrá acceder fácilmente a una donación en la forma de un fideicomiso que beneficie a su nieto únicamente si el fideicomisario realiza una distribución del fideicomiso, y dicha donación no calificaría para la exclusión anual.
El valor de todas las donaciones realizadas durante el año a un solo beneficiario cuenta para la exclusión anual de $18,000 del donante, sin importar cuál sea la forma en que se realicen. Por lo tanto, si le dona a su hijo un automóvil de $10,000, usted habrá utilizado $10,000 de su exclusión anual y le quedarán $8,000 para donar a ese hijo dentro del monto de exclusión anual.
Se aplican reglas especiales a las parejas casadas. Dos cónyuges pueden “dividir” una donación a un solo beneficiario y tratarla como si la mitad del total hubiese sido realizada por cada cónyuge, sin importar cuál de los dos en sí realizó la donación.[4] Esta técnica permite que un cónyuge realice donaciones al usar las exclusiones anuales de ambos cónyuges, para una donación total de $36,000. Para calificar para la división de donaciones, los cónyuges deben presentar declaraciones del impuesto federal sobre las donaciones, firmadas por ambos cónyuges para otorgar su consentimiento para la división, incluso si de otro modo no fuese necesario presentar una declaración en caso de que cada uno donase $18,000 individualmente.[5]
Por supuesto, una donación directa de dinero o bienes al donatario probablemente califique para la exclusión anual, ya que el donatario probablemente podría usar la donación de inmediato. Si va a realizar una donación de dinero en efectivo con cheque cerca del final del año calendario, el cheque se debe cobrar antes del 31 de diciembre. La donación no se habrá concretado si el donante puede controlar los fondos. Debido a que el donante tiene la posibilidad de detener el pago del cheque, conforme a la ley estatal, el donante aún puede controlar los fondos, lo que hace que la donación quede inconclusa.[6] Aunque, en un caso, (basado en circunstancias específicas), el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos permitió que los cheques de fin de año de un donante depositados antes del 31 de diciembre, pero cobrados a través del banco posteriormente, se considerasen donaciones para el año en el cual se entregaron los cheques,[7] lo mejor es no generar incertidumbre. Si va a realizar una donación de dinero en efectivo al final del año, considere usar un cheque certificado, un cheque bancario o, quizás, una tarjeta de regalo prepagada a fin de evitar cualquier pregunta referente a cuándo se concreta la donación.
Un menor (alguien menor de 18 años) no puede poseer bienes. No obstante, esto de hecho no impide realizar donaciones al menor que califiquen para la exclusión anual. Existen muchos instrumentos mediante los cuales se puede mantener la titularidad de los bienes de un menor y calificar para la exclusión anual para el impuesto sobre las donaciones. A continuación se presenta una lista de los instrumentos que se pueden utilizar; sin embargo, el análisis referente a las reglas técnicas que se aplican a cada instrumento y la forma de crearlo quedan fuera del alcance del presente artículo. Debe hablar con su abogado, contador u otros asesores fiscales sobre cuáles de estos son adecuados para usted y su familia antes de crear o utilizar un instrumento para hacer donaciones.
- Cuenta de la Ley Uniforme de Transferencias a Menores (UTMA, por sus siglas en inglés). Una cuenta que se establece conforme a la ley UTMA de un estado, que también se conoce como cuenta de custodia, permite que un adulto sea custodio de los bienes de un menor. Los bienes de la cuenta pertenecen al menor, aunque el custodio es quien invierte y administra dichos bienes. Los bienes de la cuenta solo se pueden distribuir al menor para el beneficio de este. Es fácil establecer y financiar las cuentas UTMA. Sin embargo, por lo general los fondos de la cuenta se deben distribuir al menor una vez que este cumpla 18 o 21 años de edad (dependiendo de los términos de la cuenta y de la ley estatal).
- Plan de la sección 529. Una cuenta que se establezca conforme a un plan de la sección 529 permite que un adulto administre los fondos en nombre de un menor en una cuenta de ahorros universitaria con ventajas fiscales patrocinada por un estado. Los fondos del plan se pueden utilizar para pagar los gastos de educación en instituciones elegibles (la mayoría de las universidades y escuelas de posgrado calificadas, lo que incluye algunas escuelas de formación profesional y escuelas comerciales). Es posible que se permita la realización de pagos para gastos no relacionados con la matrícula, lo que incluye libros, alojamiento y comida, en el caso de quienes asisten a clases al menos medio tiempo. Se pueden usar hasta $10,000 provenientes de un plan de la Sección 529 (por persona por año) para financiar la matrícula (únicamente) de la educación primaria y secundaria privada. Además, en este momento también es posible pagar cierta parte de la deuda de un préstamo estudiantil con los fondos de un plan 529. Aunque es relativamente fácil establecer un plan de la Sección 529, existen sanciones si los fondos se retiran para fines distintos a los gastos de educación permitidos. Además, las opciones de inversión pueden ser limitadas y hay restricciones con respecto al traslado entre fondos. Si el donatario al final no utiliza los fondos, se puede cambiar el beneficiario del plan de la Sección 529 por algún otro familiar. Además, sujeto a muchos requisitos y limitaciones, el beneficiario de un plan 529 puede reinvertir (sin impuestos sobre los ingresos) hasta $35,000 de fondos dejados en un plan 529 en una cuenta IRA Roth.
- Cuenta ABLE (Achieving a Better Life Experience, o “Lograr una mejor experiencia de vida”). Una cuenta ABLE es un tipo de cuenta de ahorros con ventajas fiscales que una persona elegible puede utilizar para pagar gastos de discapacidad calificados. La persona elegible es el titular y beneficiario designado de la cuenta ABLE. Una persona elegible puede establecer una cuenta ABLE siempre y cuando la persona sea ciega o discapacitada por una condición que haya comenzado antes de su cumpleaños número 26.[8] Cada beneficiario solo puede tener una cuenta ABLE; la financiación de todas las fuentes cada año se limita a un monto anual de exclusión (para 2024, $18,000), más, en el caso de cualquier contribución de un beneficiario designado que sea un empleado y para el que no se realicen contribuciones a determinados planes calificados, la menor de las compensaciones incluidas en el ingreso bruto del beneficiario designado para el año imponible, o el monto del umbral de pobreza para un hogar unipersonal, según se determine para el año calendario anterior al año calendario en el que comienza el año imponible.[9]
Como se describió anteriormente, las donaciones realizadas a fideicomisos pueden no calificar para la exclusión anual, salvo que exista una regla especial o una disposición en el documento del fideicomiso que permita que la transferencia sea un interés presente en los bienes. Existen dos fideicomisos que se utilizan comúnmente y que permiten que las donaciones en forma de fideicomiso califiquen para la exclusión anual. La creación y el financiamiento de los fideicomisos llevan tiempo e implican la consideración y asesoría de un abogado. El instrumento de fideicomiso establece las reglas para administrar los bienes en el fideicomiso y para distribuirlos a su beneficiario, si es que esto se llega a realizar. No obstante, se deben incluir ciertos términos en el instrumento de fideicomiso si las donaciones realizadas al fideicomiso han de calificar para la exclusión anual.
- Fideicomiso de menores conforme a la sección 2503(c). Se puede crear un fideicomiso para menores para un beneficiario menor de 21 años conforme a la sección 2503(c) del Código de Ingresos Internos. Las donaciones realizadas al fideicomiso se tratarán como donaciones de intereses presentes en los bienes, calificando así para la exclusión anual, a pesar de que el fideicomisario controla el uso de los bienes del fideicomiso. Para calificar como fideicomiso para menores conforme a la sección 2503(c), antes de que el beneficiario cumpla los 21 años de edad solo se podrán realizar distribuciones al beneficiario, el beneficiario debe tener la capacidad de tomar todos los bienes del fideicomiso al cumplir los 21 años y, en el supuesto de que el beneficiario fallezca antes de cumplir los 21 años, el valor de los bienes del fideicomiso se debe incluir en el patrimonio bruto del beneficiario, al integrarlos mediante su pago al patrimonio del beneficiario o mediante un poder general de designación mantenido por el beneficiario. El derecho a retirar los bienes a los 21 años puede ser por un tiempo limitado y si el beneficiario no se queda con los bienes, el fideicomiso puede continuar durante un periodo de tiempo más largo. Por supuesto, el beneficiario debe ser consciente de su derecho a vaciar el fideicomiso. Como sucede con la cuenta UTMA antes descrita, el beneficiario de un fideicomiso para menores puede recibir los activos del fideicomiso a los 21 años de edad, lo cual podría no ser deseable si el valor del fideicomiso es considerable.
- Fideicomiso “Crummey”: el denominado fideicomiso “Crummey” permite que el beneficiario (o un adulto que actúe en nombre de un beneficiario menor de edad) retire una donación realizada al fideicomiso durante un tiempo limitado después que se realice la donación. La técnica se aprobó por primera vez en el caso de Crummey v. Comm’r,[10] y el nombre perduró. El beneficiario (o un adulto, que por lo general es un tutor en el caso de que el beneficiario sea menor de edad) debe tener conocimiento con respecto al derecho de tomar los bienes del fideicomiso, o la donación no representará un interés presente en los bienes y no calificará para la exclusión anual. Por supuesto, existe el peligro de que la donación se retire realmente del fideicomiso. Un fideicomiso Crummey puede continuar después de que el beneficiario cumpla 21 años. En ocasiones, dependiendo del valor del fideicomiso, el vencimiento del poder que el beneficiario tiene para retirar los bienes del fideicomiso podría provocar que el beneficiario (incluso si el beneficiario es menor de edad) incurra en una donación gravable. Por consiguiente, se debe tener cuidado al momento de decidir cuándo y en qué medida debe vencer el derecho de retiro del beneficiario en un año dado.[11]
Las donaciones otorgadas a los nietos y a descendientes más distantes también podrían generar la imposición de un impuesto de transferencia transgeneracional (GSTT, por sus siglas en inglés). Este es un impuesto adicional que se impone a las donaciones realizadas a personas que se encuentran dos o más generaciones por debajo del cedente. Las donaciones directas otorgadas a un nieto o a un descendiente más distante por hasta el monto de exclusión anual son donaciones no gravables y, por lo general, no están sujetas al GSTT.[12] Desafortunadamente, las donaciones realizadas a un fideicomiso para un nieto no califican para este tipo de tratamiento. Para que una donación realizada a un fideicomiso califique para la exclusión anual del GSTT, el fideicomiso debe ser para un nieto o para un descendiente más distante y debe cumplir con los siguientes términos: durante la vida del beneficiario, ninguna parte del conjunto de bienes o ingresos del fideicomiso se puede distribuir a ninguna persona (ni para el beneficio de ninguna persona) que no sea el beneficiario y, si el fideicomiso no se extingue antes de que el beneficiario fallezca, los activos de dicho fideicomiso se incluirán en el patrimonio bruto del beneficiario.[13]
No olvide consultar con su abogado sobre la ley de su estado en lo que concierne a la realización de donaciones. Connecticut es el único estado que impone un impuesto sobre las donaciones.[14] Sin embargo, la programación o el monto de las donaciones realizadas en vida podrían afectar la declaración de impuestos sobre el patrimonio o la herencia del donante tras el fallecimiento de este.