Prepararse para asumir una mayor responsabilidad y someterse a procedimientos de auditoría e informes más rigurosos
Lo que usted debe saber
Las auditorías de alcance limitado ahora se denominan auditorías conforme a la sección 103(a)(3)(C) de ERISA
Además del cambio de nombre, aumentaron las responsabilidades de los patrocinadores de los planes para incluir las siguiente:
- Proporcionar un reconocimiento por escrito de que se cumple con todas las condiciones y que se permite una auditoría conforme a la sección 103(a)(3)(C) de ERISA
- Evaluar si la entidad que emite la certificación de inversión es una institución calificada
- Proporcionar un borrador del formulario 5500 esencialmente completo al auditor previo a la emisión del informe del auditor
- Determinar si la certificación de inversión cumple el requerimiento de ERISA
- Determinar si la información de la inversión certificada se determinó, presentó y divulgó adecuadamente
Carta compromiso
Los cambios realizados a la carta compromiso de la auditoría pondrán en claro la responsabilidad que el patrocinador del plan tiene de:
- Mantener un instrumento del plan, incluidas todas las modificaciones del plan
- Administrar el plan y mantener registros suficientes de las transacciones del plan
- Mantener estados financieros precisos
Conclusiones reportables
La SAS 136 exige que los auditores proporcionen determinadas conclusiones reportables por escrito a la administración, así como a quienes están a cargo de la dirección, lo que incluye:
- Casos de incumplimiento o supuesto incumplimiento de las leyes o regulaciones
- Conclusiones que, a juicio profesional del auditor, sean importantes y relevantes para quienes están a cargo de la dirección, con respecto a la responsabilidad que tienen de supervisar el proceso de elaboración de informes financieros
- Indicaciones de las deficiencias de los controles internos identificadas durante la auditoría que no hayan sido dadas a conocer a la administración por otras partes y cuya importancia sea tal que amerite la atención de la administración.
Las empresas de auditoría pueden optar por la adopción temprana de la SAS 136 a partir de la fecha de vigencia original de los años de los planes que terminen el 15 de diciembre de 2020 o en una fecha posterior.
La preparación anticipada es fundamental, pues las auditorías de fin de año del 2021 que se realicen en el 2022 deberán seguir los requisitos de ejecución y elaboración de informes de SAS 136. Los patrocinadores de los planes deben colaborar con el auditor de su plan para comprender las medidas que se deben tomar para cumplir con las mayores responsabilidades con antelación a la próxima auditoría de su plan, lo que incluye toda planificación que resulte necesaria, así como la coordinación con la persona encargada para llenar su formulario 5500 y el auditor.
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